miércoles, 19 de junio de 2013

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Revisión radical del problema de la empresa
El hecho de que la ciencia lleve ya más de 200 años sin resolver el problema de la asociación Capital/Trabajo, supone una anomalía, como diría Thomas Kuhn, (1990) que dura demasiado tiempo como para no tener ya la casi certeza de que no cabe solución con los conceptos vigentes.
Es necesario para resolver el problema, hacer una revisión radical. Como se sabe, y desde hace más de un siglo, se ha venido cuestionando la propiedad de los medios de producción. Es decir, se ha discutido si el titular de los medios productivos, si el propietario de la empresa, habría de ser la persona privada o la comunidad (mundial, estatal o empresarial). Quizá no nos hemos dado cuenta de que en el párrafo precedente el problema ha pasado delante de nosotros completamente encriptado, oculto en un manido tópico: ¡Con qué naturalidad se ha intercambiado la propiedad de medios productivos con la propiedad de la empresa! ¡Cómo si fueran conceptos idénticos!

Es un hecho: al cuestionar la titularidad de los medios de producción se ha venido aceptando, como obvio, que "al propietario de esos medios le corresponde el poder en la empresa". Por esa obviedad no se ha discutido dónde ha de radicar el poder decisorio, sino lo que se debate es la titularidad de los medios productivos, que se considera equivalente a la titularidad de la empresa. Pero yo no he encontrado argumentación alguna que justifique esta especie de homologación. Parece que se da por aceptado que no cabe otra alternativa. Si se admite la existencia del derecho natural, yo admitiría también que la propiedad de "cosas" pueda ser, en efecto, un derecho natural. Pero puede afirmarse rotundamente que la propiedad de organizaciones en las que se inserten seres humanos no es de derecho natural. Por el contrario, vamos a ver que este tipo de propiedad es totalmente antinatural.

En mi opinión, ya lo apunté, la raíz del problema sigue estando en la propiedad. No intento, por supuesto, que tengamos que seguir discutiendo si la empresa debe ser privada o común. Con eso hemos estado discutiendo simplemente el sujeto de la propiedad, es decir, si el sujeto de ésta debe ser la persona privada o la comunidad social o estatal. Se trata de dar un paso más, de ir más profundo, y cuestionar el concepto mismo de propiedad.

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